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Kit Digital ha terminado: qué hacer si te lo dieron y qué es tuyo de verdad

El plazo del Kit Digital cerró el 31 de octubre de 2025. Si te concedieron el bono: qué te tiene que entregar el agente, cómo comprobar que la web es tuya y dónde reclamar.

Por Javier Ramírez Gil

Trámites · 5 de septiembre de 2026 · 9 min de lectura

El plazo para pedir el Kit Digital cerró el 31 de octubre de 2025 y en 2026 no hay convocatoria nueva: la orden publicada en el BOE en enero solo cambia las bases para que Red.es reparta el dinero sobrante entre solicitudes ya presentadas. Si te concedieron el bono, lo que toca ahora es ejecutarlo y justificarlo en plazo, comprobar que la web, el dominio y las claves están a tu nombre, y reclamar si el agente digitalizador no responde. Todo se hace desde la sede electrónica de Red.es y con el teléfono gratuito de Acelera pyme. Revisado el 5 de septiembre de 2026.

Este artículo es para ti si tienes un bono concedido y no sabes en qué punto está, si te hicieron la web con el Kit Digital y no tienes ni una contraseña, o si el mismo agente te ofrece ahora «mejoras» de pago y dudas. Al terminar sabrás qué plazo te queda, qué exigirle al agente, cómo comprobar en cinco minutos si la web es tuya y a quién escribir si algo falla. Como todo lo de la sección Trámites, esto no es asesoramiento jurídico: es lo que dicen las fuentes oficiales, explicado.

Qué ha pasado con el Kit Digital y por qué ya no se puede pedir

El plazo cerró el 31 de octubre de 2025

Ese día Red.es cerró las dos últimas convocatorias que quedaban abiertas, las de autónomos y negocios de menos de 3 empleados, y dio el programa por terminado. Según la nota oficial de Red.es, alrededor de 850.000 negocios recibieron ayudas por más de 3.400 millones de euros. La página del programa en Acelera pyme lo dice con una frase: «Las convocatorias del Programa Kit Digital han finalizado».

Si Paco, el de la frutería, no llegó a pedirlo, hoy nadie puede tramitarle una solicitud nueva, por mucho que le llamen.

Lo que dice de verdad la orden del BOE de enero de 2026

En enero corrió la voz de que el Kit Digital «volvía». Lo que se publicó fue la Orden TDF/39/2026, de 26 de enero, en el BOE del 28 de enero de 2026 y en vigor desde el 29. Cambia tres artículos de las bases: la ayuda se aplica «hasta el agotamiento total de los fondos», Red.es reinvertirá el dinero no gastado «incluso después de 2026» en el propio programa, y el órgano instructor podrá conceder la ayuda a solicitantes que se quedaron fuera por falta de crédito. Reparte lo que sobra entre quienes ya la pidieron. No abre ningún plazo nuevo.

Si alguien te asegura lo contrario, pide que te enseñe la convocatoria en sede.red.gob.es.

Si tienes el bono concedido: qué plazos te quedan

Las dos fases del acuerdo

Cuando firmaste el acuerdo con el agente digitalizador arrancó un calendario con dos fases. Lo explica Red.es en su propia web: el agente tiene 3 meses para implantar la solución, emitir la factura y justificar la primera fase. Después debe prestar el servicio durante 12 meses y, al terminar, justificar la segunda fase. Red.es paga al agente cada fase en un plazo máximo de 60 días.

La fecha exacta figura en tu acuerdo y en la plataforma de Red.es; si no la encuentras, el teléfono gratuito de Acelera pyme es el 900 909 001.

Lo que tienes que hacer tú

La justificación la presenta el agente, pero tú tienes dos deberes. El primero es dar tu conformidad en la plataforma cuando el agente la solicita: sin tu visto bueno no cobra y el expediente se queda parado. El segundo es pagar el IVA de la factura y guardar el justificante, porque la ayuda no cubre impuestos y ese comprobante forma parte de la documentación que exige el proceso de justificación de la sede.

Marta, con la clínica, recibió un correo de conformidad en abril y lo dejó en «leer más tarde». Ese correo es el trámite. Si no se justifica una fase, el agente no cobra y a ti se te puede reclamar la devolución de lo ya pagado.

Qué te tiene que entregar el agente digitalizador

Si tu bono fue para la solución «Sitio web y presencia básica en internet», Acelera pyme publica lo que incluye como mínimo con una ayuda máxima de 2.000 €. Es tu lista de comprobación:

  • Exige un dominio a tu nombre si no tenías uno. El dominio es el rótulo de tu negocio en internet, como fisioterapiamarta.es, y la titularidad tiene que ser tuya, no del agente.
  • Exige alojamiento durante un mínimo de 12 meses. El alojamiento (hosting) es el local donde vive la web: si no se paga, la web desaparece.
  • Exige una web con al menos tres páginas o apartados, que se vea bien en el móvil y que cumpla el nivel AA de accesibilidad WCAG 2.1.
  • Exige un panel para cambiar tú los textos y las fotos: la web tiene que ser autogestionable.
  • Exige la optimización básica para salir en Google de dos páginas, con análisis de palabras clave.
  • Exige soporte ante caídas de la web con un plazo de solución de entre 1 y 3 horas.
  • Pide por escrito la opción de web en otro idioma si tu clientela lo necesita.

Si te entregaron una página con tres fotos y un teléfono, y nada de lo anterior, tienes derecho a reclamarlo dentro del acuerdo. En los 12 elementos que necesita la web de una pyme tienes el listado completo para comparar.

Cómo comprobar en cinco minutos que la web es tuya

Quién figura en el dominio

Entra en dominios.es si tu dominio es .es, o en lookup.icann.org si es .com, y busca tu dominio. Tiene que aparecer tu nombre o el de tu sociedad como titular. Si figura el agente, una agencia o un nombre que no conoces, la web no es tuya aunque la hayas pagado con el bono. Pide el cambio de titularidad por escrito. En cómo elegir el dominio de tu negocio explico por qué esto importa más que el diseño.

Dónde está alojada y quién tiene las claves

Necesitas tres accesos, y son distintos:

Acceso Para qué sirve Cómo lo compruebas
Panel del dominio Renovarlo y moverlo Entras y ves tu dominio a tu nombre
Panel del alojamiento Copias, correo, cambiar de proveedor Entras y ves los archivos de la web
Administrador de la web Cambiar textos, fotos, horarios Entras y puedes editar una página

Lucía, la de la panadería, tenía solo el tercero. Cuando el agente dejó de contestar, no pudo renovar nada.

Plantilla para pedir los accesos

Asunto: Entrega de accesos del acuerdo Kit Digital n.º [número]

Hola, [nombre]. Para cerrar la justificación del acuerdo necesito que me enviéis antes del [fecha, 10 días] lo siguiente: usuario y contraseña del panel del dominio [dominio] y confirmación de que la titularidad está a nombre de [tu nombre o sociedad]; usuario y contraseña del panel de alojamiento; usuario administrador de la web; y la fecha en la que vencen el dominio y el alojamiento pagados con el bono. Gracias.

Si el agente no responde: a quién reclamar

Primero, por escrito y con fecha: correo con acuse o burofax. Segundo, llama al 900 909 001 y expón tu caso; en el formulario de contacto de Acelera pyme queda registro. Tercero, presenta el caso en la sede electrónica de Red.es: tiene un procedimiento de «Quejas y sugerencias» y una «Solicitud genérica» con la que aportar documentación. Red.es no arregla el contrato privado entre tú y el agente, pero sí controla si el agente cumple sus obligaciones con el programa, y puede retirarle la condición de agente adherido.

Si el acuerdo está en plazo, consulta antes de firmar nada si puedes desistir de él y firmar otro con otro agente. Una renuncia mal presentada puede dejarte sin la ayuda.

Situación Qué hacer Dónde
No sé en qué fase estoy Consultar el acuerdo y la fecha de firma Plataforma de Red.es, 900 909 001
Me piden conformidad y no entiendo Comprobar que lo entregado coincide con lo firmado Correo del agente y plataforma
El agente no contesta Escrito con plazo, después queja formal Burofax y sede.red.gob.es
El dominio no está a mi nombre Exigir cambio de titularidad por escrito Agente, después Red.es
Me ofrecen mejoras de pago Presupuesto por escrito y comparar Tu criterio, sin prisa

Lo que no debes hacer

No pagues «mejoras», «mantenimiento» o «renovaciones» al mismo agente sin un presupuesto por escrito y sin comparar con otro proveedor. El bono no te obliga a seguir con él cuando pasan los 12 meses. No firmes renuncias o desistimientos que te envíe el agente «para agilizar» sin preguntar antes qué pierdes. No dejes que el dominio se quede a nombre de un tercero. Y no des por hecho que la web sigue en pie el mes 13: apunta la fecha de vencimiento del alojamiento y decide antes quién lo paga.

Cuándo no te compensa cambiar de web

Si la web funciona, sale en Google, tienes los tres accesos y el dominio es tuyo, quédate con ella. Renueva el alojamiento por tu cuenta y sigue.

Sí te compensa cambiar cuando la web no carga en el móvil, te cobran una cuota mensual por una web que no toca nadie, o dependes de un agente que no responde. En ese caso, una web estática hecha con Astro es como un folleto impreso que se entrega tal cual: no tiene panel que hackear ni cuota de mantenimiento. Cómo hacerlo sin perder lo ganado en Google está en cambiar de web sin perder posición en Google. Si tu negocio publica a diario o vende cientos de productos, WordPress sigue siendo la respuesta correcta.

Resumen: qué hacer esta semana

  1. Busca tu acuerdo del Kit Digital y anota la fecha de firma y las fechas de las dos fases.
  2. Comprueba en dominios.es o lookup.icann.org a nombre de quién está tu dominio.
  3. Envía la plantilla de arriba al agente y pide los tres accesos con plazo de diez días.
  4. Revisa el correo por si hay una solicitud de conformidad pendiente y guarda el justificante del IVA.
  5. Si el agente no responde en plazo, llama al 900 909 001 y presenta la queja en sede.red.gob.es.

Si prefieres ahorrarte el tiempo y que alguien revise contigo qué es tuyo y qué falta, en la página de servicios está lo que cuesta.

Preguntas frecuentes

¿Va a haber una nueva convocatoria del Kit Digital en 2026?
A fecha de 5 de septiembre de 2026 no hay ninguna convocatoria abierta. La Orden TDF/39/2026 del BOE cambia las bases para que Red.es reparta el dinero sobrante entre solicitudes ya presentadas, pero no abre plazo. Si alguien te dice que ha vuelto, pídele que te enseñe la convocatoria publicada en sede.red.gob.es antes de firmar nada.
¿Tengo que pagar algo si me concedieron el Kit Digital?
El IVA de la factura del agente. La ayuda cubre el precio de la solución sin impuestos, así que el IVA lo pagas tú y tienes que guardar el justificante del pago porque forma parte de la justificación. Cualquier otro cobro del agente tiene que venir con un presupuesto aparte, firmado por ti.
¿Qué pasa con mi web cuando terminan los 12 meses del Kit Digital?
El dominio y el alojamiento que te pagó el bono llegan a su fin y hay que renovarlos. Si el dominio está a tu nombre y tienes las claves, puedes renovarlo tú o llevarte la web a otro sitio. Si no los tienes, pídelos por escrito antes de que venza el plazo, no después.
¿Puedo cambiar de agente digitalizador si el mío no me hace caso?
Depende de en qué fase esté tu acuerdo y de los plazos que te queden. Antes de firmar ninguna renuncia o desistimiento, llama al 900 909 001 de Acelera pyme y consulta tu caso en la sede electrónica de Red.es. Una renuncia mal hecha puede dejarte sin la ayuda.

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Esta guía la escribe alguien que también hace páginas web, de pago único y sin cuota mensual. Si prefieres que lo haga por ti, enservicios está lo que cuesta.